SI HAS CONTRATADO UNA TARJETA REVOLVING Y TIENES DUDAS SOBRE SI LOS INTERESES QUE TE APLICAN SON ABUSIVOS, ESTA NOTICIA TE INTERESA
Muchas personas que han contratado tarjetas o créditos revolving no son conscientes de que pueden estar pagando más de lo acordado inicialmente.
Estos contratos, aún siendo en ocasiones una solución cómoda, pueden incluir condiciones que escondan tasas de interés excesivamente altas y pagos desproporcionados.
Pero, ¿cómo funcionan?
Las tarjetas revolving te permiten disponer de dinero para efectuar compras o cargos, y son flexibles en la manera en que se lo puedes devolver:
Mes a mes, pagándoles un porcentaje fijo de la deuda o Pagándoles una cuota fija.
Hasta aquí todo correcto.
¿Dónde está el truco entonces de las tarjetas revolving?
En la letra pequeña.
Los bancos suelen “ocultar” los elevados intereses (+ 20%) en una maraña de claúsulas ilegibles y aburridas que nadie se lee.
Esto provoca que lo que pagas mensualmente son puros intereses, y sólo una mínima parte va a pagar el capital a devolver.
Así que mes a mes, la cantidad a pagar va engordando cual bola de nieve rodando ladera abajo, ya que al no amortizar deuda, ésta sigue generando más y más y más y más y más intereses, sin que la deuda disminuya.
Está bien pensado verdad?
Esto ha hecho que las tarjetas revolving, también conocidas como tarjetas usureras, han atrapado a muchos consumidores en una especie de círculo de deuda interminable, produciendo efectos devastadores en su vida financiera.
Y te preguntarás, ¿ Por qué me interesa esta información hoy más que nunca? Porque hace escasos meses se ha dictado una sentencia histórica ( 68/2024, de 14 de Febrero) en la que se ha anulado una tarjeta revolving al considerarla usuraria, ya que se había aplicado un TAE muy superior a la que figuraba en el contrato.
¿ Y dónde está lo que hace novedoso a esta sentencia?
Las matemáticas.
Gracias a ellas se ha tenido en cuenta para calcular si existe usura además de los intereses directos otros gastos adicionales como:
Cuentas de mantenimiento de la propia tarjeta, distintas comisiones asociadas a ella, primas de seguro u otras comisiones por disposición…
Evidentemente la suma de todas ellas dieron lugar a un TAE muy superior al establecido en el contrato. Por lo tanto, esta sentencia supone un precedente a la hora de luchar contra las tarjetas revolving con intereses abusivos en nuestro país, al tener en cuenta otros parámetros a la hora de dictaminar si existen o no intereses abusivos.
Y lo más importante; una oportunidad para todos aquellos clientes afectados por las tarjetas revolving en estos momentos, al poder permitir una revisión exhaustiva de todos los contratos.
Si tras leer este artículo dudas que tu contrato de tarjeta revolving pueda ser injusto, te garantizamos que aquí, en IGM Servicios Jurídicos, te ayudaremos a descubrirlo.
Y si ya te encuentras atrapado en uno de estos círculos viciosos de deuda causado por una tarjeta revolving, en IGM Servicios Jurídicos trabajaremos para liberarte de esa carga financiera injusta.
Y esto es así porque en IGM Servicios Jurídicos tenemos la experiencia y los conocimientos necesarios para lograr que puedas no sólo anular ese contrato, sino recuperar todos los intereses que pagaste de más.
No dudes en contactar con nosotros para poder ayudarte a conseguirlo